Por primera vez en su historia, la Universidad Veracruzana (UV) enfrenta una solicitud formal de prórroga del mandato rectoral. La Junta de Gobierno destacó que esta petición no tiene antecedentes en la vida autónoma de la institución. El órgano colegiado subrayó su compromiso de llevar a cabo un proceso abierto, plural y participativo, guiado por los principios institucionales y el respeto a la comunidad universitaria.
La Junta de Gobierno convocó a estudiantes, docentes y personal administrativo a participar en una consulta sin precedentes mediante la pregunta: “¿Considera que se le debe otorgar una prórroga al actual titular de la Rectoría?”, con las opciones de respuesta: Sí o No. Esta consulta digital puede realizarse a través del portal oficial https://www.uv.mx/juntagob/cl-junio/.
El rector Martín Gerardo Aguilar Sánchez presentó su solicitud de extensión de mandato el pasado 29 de mayo de 2025. En respuesta, el 3 de junio la Junta sostuvo una sesión extraordinaria para revisar los términos de la petición y requerir datos adicionales al solicitante, con el fin de estar en condiciones de admitir formalmente el trámite.
Según lo expuesto por la Junta, esta solicitud se enmarca en la posibilidad legal de prorrogar, por única vez y de forma consecutiva, el periodo rectoral vigente desde 2021. Esta figura jurídica está contemplada en los artículos 10 de la Ley de Autonomía, 36 de la Ley Orgánica y 25 del Estatuto General de la UV.
El órgano explicó que esta figura no equivale a una reelección, ya que esta última no está prevista en la normativa universitaria. “Se trata de un procedimiento distinto al de elegir a un nuevo rector, pues lo que se analiza es la posible ampliación del mandato actual, no la designación de uno nuevo”, precisó la Junta.
Además, enfatizó que, aunque no existen lineamientos reglamentarios específicos para este tipo de casos, se tomará como base el marco normativo institucional, así como una evaluación del trabajo realizado por la actual administración. “La decisión se apoyará en los principios de legalidad, jerarquía normativa y responsabilidad institucional”.
También se mencionó que deben considerarse otros preceptos del Estatuto General —como los artículos 38, 96, 146, 166, 306, 322 y 323— además del artículo 69 de la Ley Orgánica. Estos establecen diversos mecanismos legales que permiten asegurar la continuidad en el ejercicio de cargos designados, entre ellos la posibilidad de prórroga.
Finalmente, la Junta señaló que en caso de que la prórroga no sea aprobada, se emitirá una convocatoria para el proceso de designación rectoral el próximo 30 de junio de 2025, dos meses antes de la conclusión del periodo en curso. Afirmó que escuchará atentamente a los distintos sectores universitarios y que la resolución se basará tanto en la retroalimentación recibida como en la valoración del desempeño rectoral.