29.Mayo.2025
CNDH AMENAZA A FGE DE VERACRUZ CON COMPARECER ANTE CONGRESO SI NO ACEPTA RECOMENDACIONES
Son diferentes señalamientos...
Por MILTON AGUIRRE
Foto: / I.O. /
Por: MILTON AGUIRRE /

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) resolvió que la negativa de la Fiscalía General del Estado (FGE) de Veracruz a cumplir con la Recomendación 020/2024 vulnera derechos esenciales como el acceso a la justicia, el derecho a la verdad y la obligación del Estado de buscar a las personas desaparecidas. Por ello, el organismo nacional determinó que el recurso de impugnación presentado contra esa negativa resulta “procedente, legítimo y ajustado a los criterios legales”.

La Recomendación 63/2025, emitida por la CNDH, resuelve dicho recurso e instruye a la FGE a aceptar de forma “íntegra y enfática” el contenido de la recomendación de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH). En caso de persistir el rechazo, la Fiscalía deberá justificar públicamente ante el Congreso del Estado su postura, con base en argumentos fundados y motivados.

La recomendación original, identificada como 020/2024, fue elaborada por la CEDH luego de documentar graves omisiones en la investigación por la desaparición de una persona identificada como V3, ocurrida el 17 de mayo de 2017. La denuncia fue interpuesta dos días después, pero el agente del Ministerio Público únicamente giró dos oficios y no promovió diligencia alguna durante más de dos años.

Según consta en el expediente CEDH/3VG/DAV/0615/2019, resuelto el 26 de marzo de 2024, la madre de la persona desaparecida declaró que, ante la inacción institucional, emprendió por su cuenta tareas de localización. “Yo salía sola a buscar, me iba a la playa, caminaba entre el monte, con la esperanza de encontrarlo”, narró. V4, también familiar de la víctima, señaló que pese a recibir 21 oficios, la Policía Ministerial no actuó en un periodo de seis años y tres meses. “Nos decían que iban a investigar, pero nunca vinieron”, lamentó.

En su resolución, la CNDH también recuerda que la llamada victimización secundaria incluye daños psicológicos, sociales y económicos sufridos por las víctimas indirectas a raíz del mal funcionamiento del sistema de justicia. En este caso específico, la omisión prolongada por parte de la Fiscalía “exacerbó la condición de víctimas secundarias” de los familiares del desaparecido.

Como parte de las medidas de reparación, la CEDH dispuso compensaciones para V4 y V6, madre y familiar directo del afectado, por concepto de daño moral, pérdidas económicas asociadas a la búsqueda y la falta de ingresos. Además, ordenó a la Fiscalía continuar con la indagatoria de manera diligente, con recursos suficientes y adecuada coordinación interinstitucional, así como mantener informadas a las víctimas indirectas.

Finalmente, la CNDH subrayó que, conforme a la Ley de Víctimas del Estado de Veracruz, las instituciones tienen el deber legal de prevenir nuevas afectaciones y garantizar una actuación eficaz, pronta y respetuosa de los derechos humanos.

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