11.Enero.2024
ORGANIZACIONES RELIGIOSAS DEBEN PRESENTAR DECLARACIÓN ANUAL
El plazo vence el 15 de febrero
Por ENRIQUE PIÑA
Foto: / ENRIQUE PIÑA /
Por: ENRIQUE PIÑA /

Cada año, las organizaciones religiosas deben presentar al Servicio de Administración Tributaria una declaración detallada de sus ingresos y su respectivo uso.

El plazo límite para la presentación de la declaración de entidades sin fines de lucro es el 15 de febrero. Rubén Enríquez Navarrete, pastor cristiano y licenciado en Administración de Empresas, advierte que el incumplimiento de las obligaciones fiscales conllevará sanciones.

“Es mejor que nos regularicemos antes de que nos envíen requerimientos por no declarar. Hay multas por omisión de la declaración anual, es más o menos de 4 mil o 5 mil pesos”.

Es imperativo que las Organizaciones Religiosas gestionen su contabilidad, generen recibos para sus transacciones, proporcionen constancias de retenciones o pagos por servicios, presenten informes declarativos, realicen las declaraciones de pagos retenidos, activen el Buzón Tributario y mantengan al día los datos de contacto.

“Algunos piensan que es en marzo, pero no, en marzo es para las personas morales, pero las asociaciones religiosas son personas morales con fines no lucrativos”.

Ante la proximidad de la declaración anual este viernes llevarán a cabo el Seminario Práctico de la Declaración Anual para Asociaciones Religiosas.

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